domingo, 8 de octubre de 2017

Playón de Chacarita: se denunciaron irregularidades en la urbanización

En conjunto con familias que habitan el asentamiento del Playón de Chacarita, conocido como Villa Fraga, el Observatorio del Derecho a la Ciudad llevó a cabo el pasado mes un informe en el que se denuncian irregularidades en su urbanización. Allí se dan distintos ejemplos de deficiencias en el proyecto de urbanización, exponiéndose varios errores que los vecinos del asentamiento venían viendo desde algunos meses atrás.

De acuerdo al mencionado informe, el Instituto de Vivienda de la Ciudad (IVC) lleva adelante las decisiones sin respetar los mecanismos obligatorios de discusión y sin considerar sus reclamos. Este organismo llamó a Licitación Pública para la ejecución de 692 viviendas nuevas y 70 locales comerciales basadas en un proyecto presentado a vecinos y técnicos con documentación pero no incorporó aquellas propuestas provenientes de los vecinos del barrio.
Se hace hincapié en dos cuestiones principales. “En primer lugar, aproximadamente un 20% de las viviendas nuevas del proyecto que se licita están mal diseñadas y no brindarán una adecuada habitabilidad para las familias. Esto marcado por nuestros técnicos y los del Ministerio Público de la Defensa en la reunión del día 31 de agosto de 2017”, comienza el mencionado informe. Y continúa explicando: “Por ejemplo, la superficie de los espacios comunes (living, cocina, comedor) no se corresponden con la cantidad de dormitorios; la superficie y proporciones de los espacios comunes genera problemas para equiparlos; existen dormitorios con superficies muy comprimidas; los locales comerciales que estarían sobre la Avenida Triunvirato tienen superficies pequeñas”. De acuerdo a las opiniones de los técnicos del Observatorio de Derecho a la Ciudad, el anteproyecto licitado no podría ser aprobado a ningún estudiante de arquitectura de la Universidad de Buenos Aires.
Con relación a la otra problemática, se detalla: “En segundo lugar, el Instituto de Vivienda de la Ciudad manifiesta hacer uso del artículo 4 de la Ley N° 5.799 de integración social y urbana del Barrio Playón de Chacarita. Esta norma establece que las decisiones surgirán del consenso de la Mesa de Gestión Participativa. Excepcionalmente, en caso de disenso, el Instituto de Vivienda de la Ciudad -en cumplimiento de las funciones que le son propias - asesorará al Jefe de Gobierno respecto de la decisión a adoptar para el cumplimiento del Proyecto Integral de Reurbanización, siempre de conformidad con los principios receptados en el artículo 1 de la presente”. Y el informe continúa explicando lo siguiente: “Así, resulta que para el Instituto de Vivienda de la Ciudad no hubo consenso para el proyecto y decidió avanzar adoptando en soledad la decisión. Pero el Protocolo de la Mesa de Gestión Participativa (MGP) del barrio Playón de Chacarita y reglamentación del artículo 4 de la Ley N° 5.799 establece en su artículo 15 un procedimiento obligatorio a seguir para la búsqueda de consenso: En caso de no llegar a un acuerdo, los integrantes de la Mesa de Gestión Participativa deberán decidir cuánto tiempo demandará la toma de decisión sobre el tema en cuestión”.
El informe del Observatorio de Derecho a la Ciudad finaliza de la siguiente manera: “Sin embargo, este procedimiento no fue respetado. La Mesa de Gestión Participativa no estableció un determinado tiempo para la toma de decisión. Nunca existió un momento claro de presentación de un proyecto con la individualización sobre que había consenso y sobre que no. No existe constancia sobre lo decidido por cada manzana justamente porque no existió esa claridad ni comienzo de instancia de búsqueda de consenso. Hay manzanas a las cuales el Instituto de Vivienda de la Ciudad nunca fue. La participación una mera formalidad informativa, totalmente ajeno al mandato del artículo 1 de la Constitución de la Ciudad y del artículo 4 de la ley N° 5.799”.

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