viernes, 2 de junio de 2017

Se aprobó un proyecto que exige que los acompañantes en las motos lleven chalecos identificatorios

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, aprobó este jueves primero de junio, en la sesión del día un proyecto del legislador Daniel Presti (Pro), que indica que los acompañantes, además de chalecos deberán llevar puesto el número de la patente de la moto.
Los chalecos que deberán llevar, tendrán que contar si o si con el número de patente bien visible, para así tener una mejor identificación, por razones de seguridad. Además, en algunos lugares, días y horarios no estarán permitidos los acompañantes en las motos. Este proyecto de ley obtuvo 43 votos positivos (del Pro, CC-ARI, CP, Suma+, PS y SP), 13 negativos (FpV, BP, CNM y bloques de izquierda) y una abstención de PSA. El primer artículo de la ley sancionada este jueves, dice que “En caso de trasladar un acompañante, el mismo debe llevar un chaleco reflectante que tenga impreso en la parte delantera y trasera el número de dominio del motovehículo”. Se aplicarán las siguientes sanciones: 1) retención de las motos, 2) multas de 100 unidades fijas que se elevan a 200 cuando se trata de la circulación no autorizada de un acompañante o la no utilización del chaleco reflectante con el número de dominio, 3) más la aplicación de inhabilitación para conducir de 5 a 10 días. 4) Cada unidad fija equivale actualmente a $ 10,40, con lo cual las multas oscilarán entre $ 1.040 y $ 2.080. Además de Presti también forman parte del proyecto Juan Pablo Arenaza, Alejandro García y Carmen Polledo. Todos del Pro. El despacho de ambas comisiones (la de “Tránsito y Transporte”, más la de Justicia. Ambas porteñas) considera que los “delitos cometidos a bordo de motocicletas fueron conocidos a raíz de las denominadas salideras bancarias en la zona del microcentro y se fueron extendiendo a otras zonas de la ciudad utilizando el motovehículo para otros tipos de arrebatos callejeros, sustrayendo bienes portados por las personas en la vía pública, tales como teléfonos móviles, carteras, bolsos, maletines, entre otros objetos”. Y luego agrega que “la dificultad que se suscita para identificar y aprehender a los delincuentes al momento del atraco ya que, muchas veces, no pueden ser identificados por sus víctimas porque el casco, de uso obligatorio, oculta el rostro del agresor”. Durante el debate las voces que se hicieron oír, además de la de Presti, fueron la de los diputados porterños Penacca (FpV),Gustavo Vera (BC), Marcelo Guouman (Suma+), Laura Marrone y Marcelo Ramal (FIT), María Rosa Muiños (BP), Roy Cortina(PS) y Palmeyro (SP).

La ley que aprobó en el primer día de junio establece los siguientes requisitos y preceptos:

. Cuando un motociclista circule con acompañante, éste deberá llevar chaleco reflectante con el número de patente bien visible adelante y detrás.

. Podrá llevar hasta un acompañante siempre que el modelo del vehículo se encuentre homologado para tal fin, es decir, que cuente con doble asiento o asiento adicional, apoyapié y agarradera.

. No podrá llevar acompañante cuando el motovehículo transite por las áreas, días y horarios que la autoridad de aplicación determine. Esa autoridad deberá tener en cuenta los informes de los Foros de Seguridad Pública y el Mapa del Delito.

Las motos serán retenidas cuando:

– Transiten sin la portación de los cascos reglamentarios.

– Circulen con acompañante en las áreas especialmente prohibidas.

– Lleven acompañante sin la utilización del chaleco reglamentario.

– Se encuentren mal estacionados, obstruyan la circulación u ocupen lugares destinados a vehículos de emergencias o de servicios públicos de pasajeros. (Si la moto está amarrada la autoridad estará facultada a realizar “las acciones necesarias” para desamarrarla y trasladarla).

– Carezcan de su placa de patente o se impida o dificulte su visualización mediante pliegues, aditamentos, mal estado de conservación, colocación en lugares o en forma antirreglamentaria, giradas respecto de su posición normal o por cualquier otro método.

-No se correspondan los datos de la placa de dominio con los números del cuadro y/o motor.

– Se detectare que son conducidas por persona no habilitada.

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