viernes, 7 de julio de 2017

Patente en los cascos y en el chaleco del acompañante

A partir de julio rige la Ley "chaleco con el número de patente" para acompañantes
La primer semana de julio entrará en vigencia la ley sancionada el 1 de Junio publicada en el Boletín Oficial y que significara multas e inhabilitaciones para quienes no cumplan con ella.Se dará un plazo de 90 días para regularizar la situación de los motociclistas y además un plazo en los registros de propiedad de automotor y de motos para que se registren quienes aún no tienen patentes.Los acompañantes tendrán que llevar puesto un chaleco reflectante que tanto en la parte delantera como en la trasera deberá tener impreso bien visible el número de dominio de la moto. Multas de $ 2.080 para los que no cumplan, más la inhabilitación para conducir por entre 5 y 10 días. Y multas de $ 1.040 para los que circulen por áreas y en horarios no permitidos.Los empleados de las estaciones de servicio deberán cargar combustible únicamente a aquellas motos cuyos conductores se presenten con el casco numerado que especifica la Ley.

HABRA ZONAS Y HORARIOS DETERMINADOS DONDE ESTARÁ PROHIBIDO CIRCULAR EN MOTO CON ACOMPAÑANTE.

La nueva ley, habilita la retención de motos por circular sin casco, ( salvo que el motociclista se lo coloque en el momento, en cuyo caso sólo será multado ), cuando no tienen la patente, cuando la patente no está bien visible o se encuentra girada respecto de su posición normal, cuando la patente no coincide con los números identificatorios del cuadro y/o del motor, por mal estacionamiento, si las conduce una persona no habilitada para hacerlo.La ley sale atenuada con respecto a la original que indicaba que conductores y acompañantes deberían llevar un sticker con el número de la patente en sus cascos.Los motociclistas a partir de ahora deberán usar cascos que tengan grabado el número de patente del vehículo y el acompañante, tendrá que llevar un chaleco reflectante que también indique el dominio.Desde el 2010 se intenta tomar medidas para evitar robos que incluyan este tipo de rodados. El proyecto por entonces incluía chalecos y stickers y la prohibición de circular de a dos por el microcentro días hábiles de 10 a 16.Varias protestas realizadas por los motociclistas atenuaron el proyecto inicial que se quejaban contra este tipo de normativas y pedían por controles más efectivos.Los motociclistas integran un grupo en permanente riesgo, con un parque de 7 millones de unidades en todo el país, sus usuarios son muy vulnerables en el sistema del tránsito. Un 38% de las víctimas de transito fueron motociclistas, con un alto nivel de mortalidad, sólo superado por los peatones, el sector más vulnerable del sistema.Desde el 2012 se realizan campañas anuales de concientización sobre los cuidados y riesgos, cuando se adopta una nueva medida, cuando se planifica una campaña de control y se adoptó el examen sugerido por la Carta  Iberoamericana sobre  Licencias de Conducir.Existen varias clases de Registros para conducir estos vehículos. Los principiantes son habilitados por dos años, sin importar su edad. La validez de la licencia varía según la edad y los resultados de los análisis médicos.Si ya se tiene licencia de moto y se quiere ampliar a una clase de mayor cilindrada hay que rendir sólo el psico-físico (visual, auditivo, psicológico y clínico) y el examen práctico con el vehículo de las cilindradas correspondientes.
Las renovaciones tienen este criterio, variando según la edad la vigencia del Registro.
Edad  : Entre 16 y 20 años, 3 años
Entre 21 y 45 años, 5 años
Entre 46 y 59 años, 4 años
Entre los 60 y 69 años, 3 años
Desde los 70 años, 2 años.
Existen varias clases de Registros de motos:
CLASE A- Ciclomotores, motocicletas y triciclos motorizados.
Se divide en: Clase A.1 (ciclomotores de hasta 50 cc.); A.2.1 (ciclomotores, motocicletas de hasta 150 cc. Y Triciclos motorizados); A.2.2 (ciclomotores, motocicletas de hasta 300 cc. Y Triciclos motorizados) y A.3 (Motocicletas de más de 300cc.)
El examen requiere las siguientes maniobras:
Maniobrar la moto con motor detenido.
Prueba de luces y uso correcto del casco.
Circular por una franja angosta a velocidad reducida.
Zigzag a velocidad reducida.
Aceleración y frenado.
Zigzag a mayor velocidad.
Esquivar un obstáculo.
Frenado de emergencia.
El Registro puede solicitarse en la Dirección General de Licencias,situada en Av. Coronel Roca 5252, cuyos horarios de atención son, de Lunes a viernes de 7.30 a 16 hs.
La documentación que se necesita a la hora de rendir el práctico es:
Cédula Verde a nombre del titular del vehículo o cédula azul a nombre del conductor
Constancia de seguro del vehículo
Patente actualizada del vehículo
Formulario impreso del turno solicitado por Internet o número de trámite brindado por el Call Center
DNI con domicilio en Ciudad de Buenos Aires y fotocopia de primera, segunda página y cambio de domicilio aunque este en blanco.
No contar con multas de tránsito.Para consultar si se tiene infracciones se puede realizar la consulta en Internet en:  www.buenosaires.gob.ar , en los centros de Comuna o en la Dirección de Infracciones en Carlos Pellegrini 211.
Boleta del CENAT (Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito) paga.
Examen psico-físico: examen visual, auditivo, psicológico y clínico que se realizan el día que se inicia el trámite.
Asistir al Curso de Otorgamiento que se dicta en las Academias Autorizadas y en la sede de la Dirección General de Licencias, Av. Coronel Roca 5252.
Es necesario concurrir dos días consecutivos de tres horas de duración por día para los trámites de otorgamiento en todas las categorías.

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