miércoles, 4 de noviembre de 2015

Declararon nula la designación de Del Gaiso en la Auditoría porteña

Fuente: Noticias Urbanas

Se trata de Juan Facundo Del Gaiso, de la CC, quien asumió tras la renuncia de Paula Oliveto Lago, en 2013. Denuncian que no se respeta el cupo femenino del organismo.
El juez Guillermo Scheibler, titular del juzgado Nº 13 resolvió “declarar la nulidad de la resolución 357/2013 de la Legislatura, por la cual se designó al Sr. Juan Facundo Del Gaiso como auditor general de la Auditoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. El fallo es en respuesta a un amparo presentado por varias ong’s en el cual se planteó la inobservancia del cuerpo legislativo de normas que establecen el cupo por sexo, al cubrir una vacante generada en la Auditoría General Porteña en el año 2013 como consecuencia de la renuncia de la por entonces auditora general Paula Oliveto Lago, para asumir como legisladora porteña por la Coalición Cívica. El amparo apuntaba a que en cuerpos como la Auditoría, no puede haber más del 70 por ciento de personas del mismo sexo, por lo que con la incorporación de Del Gaiso, el cuerpo quedaba con 71.42 por ciento de hombres, lo que incumple la normativa. La Legislatura cuestionó que el 30% mínimo establecido en la Constitución porteña al definir un máximo de 70 por ciento de un mismo sexo, arroja un resultado de 2,1 integrantes, es decir, no alcanza al tres, por lo que la integración actual de la Auditoría, con cinco (5) varones y dos (2) mujeres, cumpliría con el cupo previsto, destacando que la Presidencia del órgano es ejercida por una mujer, “la que en determinadas circunstancias tiene un voto doble”. “La alegada afectación del derecho de las mujeres a la igualdad y efectiva participación en la vida política constituye un supuesto de discriminación —en los términos de las leyes 474 y 5261—, ya que con el nombramiento impugnado se vulneraría el cupo constitucional dispuesto como herramienta para acceder a la igualdad de oportunidades y trato entre varones y mujeres y el ejercicio igualitario de los derechos y garantías relativos a ello reconocidos en las leyes y constitución de la ciudad, nacional y tratados internacionales”, destaca el magistrado. “Por más cercano que sea, supera el máximo tolerado de personas de un mismo sexo, sin que sea necesario recurrir a ningún mecanismo de interpretación para llegar a tal conclusión, que indubitada y contundentemente arroja la ciencia matemática”, remarcó el magistrado. Luego, el juez planteó en su sentencia que “es en virtud de todo lo expuesto que se impone concluir que la designación del Sr. Facundo Del Gaiso no se atiene a lo normado por el art. 36 de la CCABA, por cuanto, en atención al modo en que se encontraba conformada la Auditoría General de la Ciudad al momento de su nombramiento, con ella se supera el cupo máximo del setenta por ciento (70%) establecido en la norma”. También destacó que “no existen ‘acuerdos políticos’ o ‘consensos legislativos’ que puedan colocarse por sobre el ‘consenso social’ supremo representado en la Constitución”. Por último, y por tratarse de un caso de discriminación, el juez subrayó que la norma obliga a imponer al responsable  del acto discriminatorio “medidas de sensibilización, capacitación y concientización”, por lo que dispuso la reparación del daño colectivo poniendo “en cabeza de la Legislatura el cumplimiento de la medida prevista en el inciso “d” del artículo 15 de la ley 5261 (emisión y difusión de disculpas públicas al grupo discriminado), a través de su publicación en alguno de los tres medios de prensa gráfica de mayor tirada en la Ciudad”.

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